LA PLATA, 19 de Octubre de 2006
Visto la Ley 10.579 y sus Decretos Reglamentarios;
CONSIDERANDO:
Que los capítulos XI y XV regulan los traslados por Movimiento Anual Docente, y el capítulo XIII norma el Acrecentamiento;
Que por Disposición 17/05 de la Dirección de Tribunales de Clasificación, aprobada en sesión de los miembros de los Tribunales de Clasificación Centrales, según consta en Acta N° 10 del 7 de septiembre de 2005, se establece la conformación de la Comisión Distrital para las acciones estatutarias correspondientes al MAD 2005-2006;
Que por el mencionado acto administrativo se determina la competencia de la Comisión Distrital, de los Inspectores Jefes Técnicos Administrativos, del Tribunal de Clasificación Central y Descentralizados para las acciones estatutarias de Traslado por Movimiento Anual Docente y Acrecentamiento;
Que la Disposición N°17/05 es el marco normativo de carácter reglamentario de las referidas acciones estatutarias, en concordancia con los principios de economía, celeridad e inmediatez;
Que no obstante la validez de la mencionada disposición para la realización de las acciones del Movimiento Anual Docente 2006-2007, resulta necesario determinar las modificaciones pertinentes mediante el presente acto administrativo, conforme lo establecido en el artículo 8° de la Disposición N°17 de esta Dirección de Tribunales de Clasificación;
Por ello,
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°: Estipular la vigencia de la Disposición 17/05 de la Dirección de -------------------- Tribunales de Clasificación para el MAD y Acrecentamiento 2006-2007, definiendo que a estos fines el primer y segundo ciclo configuran el nivel de Educación Primaria Básica y el tercer ciclo el nivel de la Educación Secundaria Básica.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°: Establecer el Cronograma del Movimiento Anual Docente ------------------------ y Acrecentamiento 2006-2007 que obra en el Anexo I que se declara parte integrante de la presente Disposición.------------------------------------------
ARTICULO 3°: Determinar que se efectuará Movimiento Anual Docente y --------------------- Acrecentamiento en todos lo niveles, modalidades, cargos, módulos y horas cátedra a excepción de las consignadas en el Anexo II que se declara parte integrante de la presente Disposición.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°: Establecer que las vacantes afectadas al Movimiento Anual Docente
-------------------- y Acrecentamiento 2006-2007, serán las resultantes del tratamiento de P.O.F. existentes al 31 de agosto del presente año, incluyendo los cargos, horas cátedra y/o módulos autorizados por Planilla A2 posteriores a la mencionada fecha. -----------------------
ARTÍCULO 5°: Registrar la presente Disposición en el Departamento ---------------------- Administrativo de esta Dirección. Notificar a la Subsecretaría de Educación, a la Dirección de Tribunales de Clasificación, a la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes, a los Tribunales de Clasificación Descentralizados, a las Secretarías de Inspección y por su intermedio a los servicios educativos de gestión estatal de todos los niveles. Cumplido, archivar.----------------------------------------------------------------------------
Lic. Nora Saporiti
Directora Provincial de Educación de Gestión Estatal
DISPOSICION N° 1
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