Objetivos:
· Promover el cuidado, la preservación y la restauración de los bienes pertenecientes a toda la comunidad educativa; desalentando hechos de violencia, negligencia o descuido sobre equipamientos indispensables para el bienestar de la comunidad educativa y el normal desenvolvimiento de las tareas escolares.
· Alentar la planificación y puesta en marcha de acciones institucionales concretas enmarcadas en la Resolución 1.564/07.
La Ley Provincial de Educación Nº 13.688 promulgada recientemente, establece en el Capítulo XI Educación Física Artículo 42: “La Educación Física es la modalidad que aporta al desarrollo integral y armónico de todos los alumnos según sus posibilidades incidiendo en la constitución de su identidad al impactar en su corporeidad, entendiendo a ésta como espacio propio y al mismo tiempo social que involucra el conjunto de sus capacidades cognitivas, emocionales, motrices, expresivas y relacionales. Es responsable de articular las condiciones específicas de la conducción técnico-pedagógica y de organización en cada ámbito de desarrollo, de acuerdo con lo dispuesto por las respectivas Direcciones de Nivel y Modalidad, así como disponer de propuestas pedagógicas complementarias a la educación común para los establecimientos educativos que desarrollen actividades específicas relativas a esta modalidad, tales como los Centros de Educación Física y otros que pudieran crearse en el futuro”.
Entre sus objetivos y funciones establece en el inciso d) “brindar a niños, adolescentes, jóvenes y adultos, una propuesta pedagógica disciplinar, opcional, sistemática, promoviendo modos de organización que garanticen dinámicas democráticas de convocatoria, inclusión y participación comunitaria, en los Centros de Educación Física”.
La Educación Física en su enfoque disciplinar y didáctico prescribe en sus Diseños Curriculares: “los sujetos manifiestan su proyección hacia el mundo a través de la corporeidad y motricidad. Esta última en tanto manifestación de la corporeidad les permite la apertura a los otros para insertarse en el plano de la convivencia, traduce la apropiación de la cultura y de la experiencia humana y, como intencionalidad en acción les permite concretar sus proyectos, su voluntad de creación y transformación, para integrarse como sujetos sociales”.
Como institución educativa el Centro de Educación Física se caracteriza por:
El Centro de Educación Física debe promover la reconstrucción de una cultura comunitaria que encuentre modos organizativos propios de participación ciudadana, a través de los cuales todos los miembros puedan expresarse, y encontrar ámbitos y lugares adecuados para poder decidir sobre las cosas que los afectan en la vida cotidiana, procurando sentido de pertenencia institucional: “Ser parte de” es ser reconocido como miembro activo, es resignificar los vínculos con otras personas, es asumir compromisos individual y grupalmente en pos de obtener logros en beneficio de la institución educativa.
Tomando como referencia el Prediseño Curricular para la Educación Secundaria “Construcción de Ciudadanía” que en uno de sus párrafos señala que “El Estado se constituye en garante de las condiciones necesarias para el ejercicio pleno de la ciudadanía. Por su parte los ciudadanos, en forma individual o a través de sus organizaciones, son garantes del ejercicio pleno y del cumplimiento del papel del Estado como garante principal; para ello establecerán mecanismos de control sobre el cumplimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio pleno de la ciudadanía en el marco de un sistema democrático”.
Con el propósito de dar cumplimiento a la Resolución Nº 1564/07, teniendo en cuenta la fundamentación realizada en su Considerando, la Dirección de Educación Física propone la elaboración de un programa de acciones que tenga en cuenta los siguientes objetivos:
Reflexionando sobre los lineamientos enunciados, los Centros de Educación Física realizarán la propuesta de un programa de acciones para ser desarrollado con la participación de todas y todos los actores intervinientes: directivos, docentes, alumnas, alumnos, personal no docente, padres, madres o tutores y comunidad en su conjunto.
SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN
LA PLATA, 28 DE AGOSTO DE 2007.-
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