DISPOSICIÓN Nº 91
La Plata, 22 de junio de 2006
Visto, la Resolución 986/06 de la Dirección General de Cultura y Educación, y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Educación Superior viene implementando acciones tendientes a promover la profundización de los procesos de democratización, tanto a nivel áulico como institucional y regional;
Que la citada Resolución, presenta una invitación potencial, a la formulación de interrogantes pertinentes en torno a los mecanismos que los institutos formadores propician, en relación a la formación de docentes comprometidos en la creación de espacios destinados a garantizar la participación del niño, del joven y del adulto en el ámbito educativo;
Que estos espacios participativos orientados a la toma de decisiones en el ámbito escolar, podrán lograrse en la medida en que las prácticas pedagógicas estén orientadas a promover un diálogo fecundo entre alumnos, docentes y demás actores institucionales;
Que la institución formadora, en tanto poseedora de una cultura institucional determinada, constituye uno de los principales referentes de los futuros docentes, impregnándolos de este modo, de determinados paradigmas que guiarán sus futuras prácticas institucionales;
Que la revisión constante de los procesos de enseñanza y de las políticas institucionales, constituyen prácticas que propician procesos de mejora en la medida en que son interpeladas desde los posicionamientos de los diversos actores involucrados;
Que si se quiere formar un alumno crítico, participativo y democrático, las instituciones formadoras deberán prever la construcción de mecanismos que posibiliten la apertura de espacios de reflexión que, teniendo como objeto de análisis la cultura institucional del instituto formador, permitan a través de las miradas colectivas, encontrar las tensiones y motivos de los hechos, encadenándose imperceptible pero consistentemente con el deseo de transformación;
Que sólo de alumnos que vivencien durante su formación, la posibilidad de reflexionar acerca de lo instituido, devendrán docentes comprometidos con la construcción de instituciones educativas como espacios materiales y simbólicos constructores de civilización; convirtiéndose en sujetos promotores de cambio, de apertura y de democratización institucional;
Que la formación impartida en los institutos formadores, debe estar orientada a propiciar en los futuros docentes, la construcción de espacios que, tomando como referencia la Convención Sobre los Derechos del Niño, garanticen a los mismos el derecho a expresar libremente su opinión;
Que si las escuelas generan condiciones de enseñanza y de aprendizaje basadas en el diálogo y en el respeto por la opinión de todos los actores institucionales, la educación impartida cumplirá un rol político fundamental, en tanto estará contribuyendo a promover nuevos modelos de relaciones humanas, basadas en el indelegable respeto por la dignidad de las personas;
Que hoy existen experiencias, en distintos institutos de la Provincia, donde se propicia la mirada y la opinión de los alumnos sobre las políticas institucionales, que teniendo como objeto propender la formación de sujetos en tanto partícipes activos en los procesos de toma de decisiones, estimulan el potencial transformador que toda práctica educativa dialógica conlleva;
Que resulta adecuado propiciar mecanismos que permitan la multiplicación de dichas experiencias y desde allí, extraer conclusiones que permitan a la Jurisdicción establecer pautas al respecto.
Por ello,
LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Encomendar a las Autoridades Institucionales que den --------------------- intervención a los Consejos Académicos Institucionales (CAI), en la designación de un docente, por cada año de las carreras, quienes actuarán como coordinadores de las acciones preparatorias al día de debate general “Hablar, Participar y Decidir – El Derecho del Niño a ser Escuchado”a llevarse adelante el 15 de septiembre del corriente año, conforme a la Resolución Nº 986/06.
ARTÍCULO 2º.- Encomendar al CAI la elaboración de un plan institucional de --------------------- acción en conjunto con los docentes coordinadores designados, el que deberá permitir un abordaje pedagógico de la propuesta de trabajo que, como aporte para la discusión constituyen los Anexos I y II de esta Disposición, los que pasan a formar parte de la misma.
ARTICULO 3º.- Determinar que las acciones preparatorias al Día de Debate --------------------- General deberán priorizar una formación de opinión critica respecto de los contenidos de la propuesta de trabajo a ejecutarse el día de debate en todos los actores institucionales.
ARTICULO 4º.- Encomendar, a los señores supervisores, el asesoramiento --------------------- técnico – pedagógico que permita la apertura de canales que, orientados a la participación de todos los actores institucionales, generen sentidos de pertenencia en función de proyectos con orientaciones claras hacia el futuro, dando lugar al compromiso por la profundización de los procesos de democratización institucional.
ARTÍCULO 5º.- Establecer que las autoridades institucionales elevarán, por -------------------- la vía jerárquica, con emisión de criterio por parte del supervisor de las acciones desarrolladas, las conclusiones a las que se arribó y los acuerdos logrados.
ARTÍCULO 6º.- Registrar esta Disposición la que será desglosada para su --------------------- archivo por el Departamento Administrativo de esta Dirección, extendiéndose en su reemplazo copia autenticada de la misma. Notificar a la Subsecretaria de Educación, a la Dirección Provincial de Educación Superior y Capacitación Educativa, a la Dirección Provincial de Enseñanza, a los Inspectores de Educación Superior, a las autoridades Institucionales y por su intermedio a quienes corresponda. Cumplido, archivar.
DISPOSICIÓN Nº 91
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