LA PLATA, 30 de marzo de 2006

 

 

                        Visto el expediente 5812-1074758/06, y;

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

                        Que la Resolución Nº 156/06  relacionada con la implementación de Jornadas Institucionales, recepta los principios del artículo 20 de la Ley Provincial de Educación Nº 11.612, en tanto establece que la comunidad educativa participa “en todo aquello que haga al apoyo y mejoramiento de la calidad educativa”;

 

                        Que asimismo refleja el principio que la capacitación obligatoria institucional otorga importancia al intercambio entre los docentes y valora los saberes pedagógicos que se construyen conjuntamente;

 

                        Que las referidas Jornadas Institucionales permiten concretar encuentros de los equipos docentes y tienden a garantizar la concreción de acciones coherentes en el marco de la Política Educativa Provincial  atendiendo a las necesidades de la propia comunidad;

 

                        Que para el Nivel Superior de la Educación resulta ineludible la necesidad de establecer Jornadas Institucionales, propendiendo a facilitar la Gestión Institucional y Curricular, lo que conlleva articular dicha necesidad con  la reforma curricular que impulsa la Jurisdicción;

 

                        Que el antecedente guarda relación directa con los procesos de Consulta Educativa realizada en 2004 en la Jurisdicción y la Consulta Federal realizada en 2005, en igual sentido;

 

                     Que, asimismo, para el caso de los Institutos de Formación Técnica, la prioridad deviene impuesta por la aplicación de la Ley Nacional de Educación Técnico Profesional Nº 26.058 sancionada en el año 2005 y los Documentos concordantes de Mejoramiento de la Calidad;

 

                        Que, entonces, resulta adecuado exceptuar al Nivel Superior de la Educación del  cumplimiento estricto del  Cronograma de Jornadas Institucionales que obra en el Anexo I de la Resolución 156/06 y, consecuentemente se impone la elaboración de un nuevo cronograma que contemple los tiempos previstos y acordados por la Jurisdicción para la ronda de Consulta Institucional sobre el Documento Base para la reforma curricular de las carreras básicas de grado: Profesorado EBG 1 y 2 y Profesorado en Educación Inicial; y de las acciones contempladas por los organismos nacionales en cuanto a la aplicación  de la Ley Nº 26058/05;

                        Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 33, inc. u) de la Ley 11.612, resulta viable el dictado del presente acto administrativo;

 

 

 

 

 

 

Por ello;

 

 

LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN

RESUELVE:

 

 

ARTÍCULO 1º.- Exceptuar  al  Nivel  Superior de la Educación del cumplimiento

------------------ del cronograma establecido por el Anexo I de la Resolución Nº 156/06.

 

ARTÍCULO 2º.- Establecer que el cronograma aplicable al Nivel Superior para la

--------------------- realización de las Jornadas Institucionales será el que obra como Anexo I de la presente Resolución, el que pasa a formar parte de la misma en una foja.

 

ARTÍCULO 3º.- Determinar que las Jornadas Institucionales en el Nivel Superior

--------------------- de la Educación serán realizadas en cada uno de los turnos que tenga el Servicio Educativo.

 

ARTICULO 4º.-Establecer  que,  de  pertenecer  el  docente  afectado a la Jornada

---------------------Institucional a más de un Instituto Superior, deberá concurrir al Servicio Educativo donde revista con mayor carga horaria.

 

ARTÍCULO 6º.- Establecer  que  las  Autoridades  Institucionales, por intermedio

---------------------de los Consejos Académicos Institucionales, pondrán en conocimiento de la comunidad educativa las conclusiones a las que se arribaron y elevarán las mismas por la vía correspondiente.

 

ARTICULO 7º.- Establecer que la presente RESOLUCIÓN será refrendada por la

---------------------Señora Subsecretaria de Educación.

 

ARTÍCULO 8.- Registrar   esta   RESOLUCIÓN   que  será  desglosada   para  su

--------------------archivo en la Dirección de Coordinación Administrativa la que en su lugar agregará copia autenticada de la misma. Notificar al Consejo General de Cultura y Educación; a la Subsecretaría de Educación; a la Subsecretaría Administrativa; a la Dirección Provincial de Educación Superior y Capacitación Educativa, a la Dirección Provincial de Información y Planeamiento Educativo, a la Dirección Provincial de Gestión Estatal, a la Dirección Provincial de Gestión Privada, a la Dirección Provincial de Enseñanza, a la Dirección Provincial de Inspección General y a todas las Direcciones Docentes.

 

 

 

RESOLUCIÓN Nº   437

 

 

 

                                               ANEXO I

 

 

Cronograma de Jornadas Institucionales Nivel Superior para todas las Regiones Educativas

 

 

 

JORNADA                                                               FECHA

                       

 Primera                                                                    03/03  

 

Segunda                                                                    18/04

 

Tercera                                                                     10/05

 

Cuarta                                                                       18/05

 

Quinta                                                                        09/06

 

Sexta                                                                         26/06


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